Legislación › Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria.
Artículo 60. Faltas muy graves.
Artículo 60. Faltas muy graves.
Son faltas muy graves las así tipificadas en la Legislación Orgánica en materia de régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, y en la demás normativa de desarrollo que resulte de aplicación en esta materia al Cuerpo Nacional de Policía.


