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Legislación › Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria.

Disposición adicional segunda. Aplicación supletoria para la regulación de la situación de segunda actividad.

Disposición adicional segunda. Aplicación supletoria para la regulación de la situación de segunda actividad.

En lo no previsto en esta ley, y en su normativa de desarrollo, para la regulación de la situación de segunda actividad, será de aplicación lo dispuesto en la normativa reguladora de régimen de personal de la Policía Nacional.

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