Legislación › Real Decreto
Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 9 de febrero de 2023 · Último cambio el 19 de febrero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable a los profesionales de la abogacía y de la procura a la entrada en vigor de la exigencia del nuevo título profesional regulado en la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio aplicable a los cursos de formación y de la evaluación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Órganos colegiados.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Requisitos generales.
- Artículo 3. Requisitos de titulación. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Cursos de formación.
- Artículo 5. Colaboración institucional.
- Artículo 6. Acreditación de los cursos de formación especializada impartidos por las escuelas de práctica jurídica.
- Artículo 7. Acreditación profesional de la formación especializada impartida por las universidades.
- Artículo 8. Registro de Cursos de Formación Especializada.
- Artículo 9. Becas para la realización de los cursos de formación.
- Artículo 10. Competencias específicas de los cursos de formación especializada para el ejercicio de la abogacía y la procura.
- Artículo 11. Configuración de los planes de estudios de los cursos de formación.
- Artículo 12. Profesorado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Contenido de las prácticas externas.
- Artículo 14. Lugares de realización de las prácticas.
- Artículo 15. Tutorías.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 16. Contenido de la evaluación.
- Artículo 17. Convocatoria de la evaluación.
- Artículo 18. Comisión de evaluación.
- Artículo 19. Calificación de la evaluación.


