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Legislación › Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que, según lo estipulado en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte, se publica el Código Mundial Antidopaje.

FUNDAMENTOS DEL CÓDIGO MUNDIAL ANTIDOPAJE.

FUNDAMENTOS DEL CÓDIGO MUNDIAL ANTIDOPAJE.

Los programas antidopaje se basan en el valor intrínseco del deporte, lo que muchas veces se denomina «espíritu deportivo»: la búsqueda por medios éticos de la excelencia humana a través del perfeccionamiento del talento natural de cada deportista.

Los programas contra del dopaje tienen por objeto proteger la salud de los deportistas y ofrecerles la oportunidad de que persigan la excelencia sin el empleo de sustancias y métodos prohibidos.

Estos programas se orientan a mantener la integridad en el deporte en relación con el respeto a la normas, a otros competidores, al juego limpio, a la igualdad de condiciones y al valor del deporte limpio para el mundo.

El espíritu deportivo es la celebración del espíritu, el cuerpo y la mente del ser humano, la esencia del olimpismo, que se refleja en los valores que hallamos en el deporte y que este hace realidad, como:

– Salud.

– Ética, juego limpio y honradez.

– Derechos de los deportistas, según se recogen en el Código.

– Excelencia en el desempeño.

– Carácter y educación.

– Alegría y diversión.

– Espíritu de equipo.

– Dedicación y compromiso.

– Respeto de las normas y de las leyes.

– Respeto hacia uno mismo y hacia los otros participantes.

– Valentía.

– Espíritu de grupo y solidaridad.

El espíritu deportivo se manifiesta en el juego limpio.

El dopaje es radicalmente contrario a ese espíritu.

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