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Ley Foral 38/2022, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 9 de febrero de 2023 · Último cambio el 30 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Naturaleza y objeto.
- Artículo 2. Exacción e inspección del impuesto.
- Artículo 3. Tratados y convenios.
- Artículo 4. Conceptos y definiciones.
- Artículo 5. Hecho imponible.
- Artículo 6. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 7. Lugar de realización de las prestaciones de servicios digitales.
- Artículo 8. Contribuyentes.
- Artículo 9. Devengo.
- Artículo 10. Base imponible.
- Artículo 11. Tipo impositivo.
- Artículo 12. Cuota íntegra.
- Artículo 13. Obligaciones formales.
- Artículo 14. Contenido de los registros.
- Artículo 15. Contenido de la memoria descriptiva.
- Artículo 16. Sistemas, mecanismos o acuerdos para la localización de los dispositivos de los usuarios en el territorio de aplicación del impuesto.
- Artículo 17. Gestión del impuesto.
- Artículo 18. Infracciones y sanciones.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


