Legislación › Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
Artículo 8. Valores umbral para masas de agua subterránea.
Artículo 8. Valores umbral para masas de agua subterránea.
Los valores umbral de los contaminantes e indicadores de contaminación, en que se basará la evaluación del estado químico de las masas de agua subterránea en la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, serán los reflejados en el apéndice 4.2.


