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Legislación › Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.

Artículo 168. Responsabilidad patrimonial.

Artículo 168. Responsabilidad patrimonial.

Las administraciones públicas, cuando hubieren indemnizado a las personas lesionadas, se dirigirán de oficio contra sus autoridades y su personal empleado público causantes de daños por dolo, culpa o negligencia graves, por el incorrecto funcionamiento de los servicios públicos, mediante la instrucción del correspondiente expediente, y previa audiencia de la persona interesada.

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