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Legislación › Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.

Artículo 66. Pérdida de la condición de personal funcionario como consecuencia de la pérdida de la nacionalidad.

Artículo 66. Pérdida de la condición de personal funcionario como consecuencia de la pérdida de la nacionalidad.

La pérdida de la nacionalidad española, o la de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, o la de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores, que haya sido exigida como requisito para el nombramiento, determinará la pérdida de la condición de personal funcionario, salvo que simultáneamente se adquiera la nacionalidad de alguno de dichos estados.

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