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Legislación › Ley 1/2023, de 31 de enero, de accesibilidad universal de La Rioja.

Artículo 30. Utilización accesible del mobiliario.

Artículo 30. Utilización accesible del mobiliario.

Las características del mobiliario fijo y de los elementos de información y comunicación, así como la disposición de los mismos, permitirán su uso a cualquier persona, de forma autónoma.

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