Legislación › Ley 1/2023, de 31 de enero, de accesibilidad universal de La Rioja.
Artículo 30. Utilización accesible del mobiliario.
Artículo 30. Utilización accesible del mobiliario.
Las características del mobiliario fijo y de los elementos de información y comunicación, así como la disposición de los mismos, permitirán su uso a cualquier persona, de forma autónoma.


