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Ley 1/2023, de 31 de enero, de accesibilidad universal de La Rioja.

En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 18 de febrero de 2023 · Último cambio el 22 de julio de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto de esta ley.
  5. Artículo 2. Principios.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 3. Titulares de los derechos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
  8. Artículo 4. Ámbito de aplicación en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
  9. TÍTULO I
  10. Artículo 5. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  11. Artículo 6. Competencias ejercidas por los ayuntamientos.
  12. Artículo 7. Fondo Riojano de Promoción de la Accesibilidad Universal. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  13. Artículo 8. Disposición común: principio de la «cadena de accesibilidad».
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Sección 1
  17. Artículo 9. Accesibilidad en espacios públicos urbanizados.
  18. Artículo 10. Planeamiento urbanístico.
  19. Artículo 11. Itinerarios.
  20. Artículo 12. Parques, jardines y espacios libres públicos.
  21. Artículo 13. Aparcamientos.
  22. Sección 2
  23. Artículo 14. Elementos de urbanización.
  24. Sección 3
  25. Artículo 15. Normas generales.
  26. Artículo 16. Señales y elementos verticales.
  27. Artículo 17. Elementos vinculados a actividades comerciales.
  28. Artículo 18. Otros elementos de mobiliario urbano.
  29. Artículo 19. Señalización e información accesibles.
  30. Sección 4
  31. Artículo 20. Obras e intervenciones en la vía pública.
  32. CAPÍTULO II
  33. Sección 1
  34. Artículo 21. Accesibilidad en edificios de uso público.
  35. Artículo 22. Accesibilidad en centros educativos, de formación profesional y universitarios.
  36. Artículo 23. Accesibilidad en centros de salud e instalaciones sanitarias.
  37. Artículo 24. Reserva de plazas de aparcamiento.
  38. Artículo 25. Accesos al interior de los edificios.
  39. Artículo 26. Comunicación horizontal.
  40. Artículo 27. Movilidad vertical.
  41. Artículo 28. Aseos.
  42. Artículo 29. Reserva de espacios.
  43. Artículo 30. Utilización accesible del mobiliario.
  44. Sección 2
  45. Artículo 31. Accesibilidad en edificios de titularidad privada de uso residencial de vivienda.
  46. Sección 3
  47. Artículo 32. Información y señalización.
  48. Artículo 33. Seguridad en caso de incendio.
  49. Sección 4
  50. Artículo 34. Reserva de viviendas accesibles.
  51. Artículo 35. Garantías para la realización de obras de adaptación.
  52. Sección 5
  53. Artículo 36. Edificios de valor histórico-artístico.
  54. CAPÍTULO III
  55. Sección 1
  56. Artículo 37. Normas generales.
  57. Artículo 38. Adaptación de las infraestructuras y del material móvil existente.
  58. Sección 2
  59. Artículo 39. Tarjetas de estacionamiento. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
  60. Artículo 40. Expedición de las tarjetas de estacionamiento.
  61. CAPÍTULO IV
  62. Artículo 41. Accesibilidad de los sistemas de comunicación y señalización.
  63. Artículo 42. Sociedad de la información y de las telecomunicaciones. .
  64. CAPÍTULO V
  65. Artículo 43. Símbolo de accesibilidad para la movilidad.
  66. CAPÍTULO VI
  67. Artículo 44. Acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
  68. Artículo 45. Formación del personal de atención al público.
  69. Artículo 46. Relaciones con las Administraciones públicas.
  70. Artículo 47. Relaciones con la Administración de Justicia.
  71. CAPÍTULO VII
  72. Artículo 48. Condiciones de accesibilidad de las actividades culturales, deportivas y de ocio.
  73. CAPÍTULO VIII
  74. Artículo 49. Accesibilidad universal en el ámbito educativo, sanitario, judicial, electoral y laboral.
  75. CAPÍTULO IX
  76. Artículo 50. Accesibilidad a la Administración de Justicia.
  77. CAPÍTULO X
  78. Artículo 51. Mantenimiento suficiente y continuado.
  79. Artículo 52. Mantenimiento de los edificios y espacios de titularidad pública.
  80. Artículo 53. Mantenimiento de los edificios y espacios de titularidad privada.
  81. Artículo 54. Mantenimiento de los medios de transporte de uso público.
  82. Artículo 55. Mantenimiento de los productos y servicios de uso público.
  83. CAPÍTULO XI
  84. Artículo 56. Contenido de los planes.
  85. Artículo 57. Ejecución y revisión de los planes.
  86. Artículo 58. Publicidad e información de los planes.
  87. TÍTULO III
  88. Artículo 59. Medidas de promoción, fomento y sensibilización. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  89. Artículo 60. Distintivo de calidad.
  90. Artículo 61. Información y asesoramiento.
  91. Artículo 62. Campañas educativas y formación.
  92. Artículo 63. La accesibilidad en los planes de estudio.
  93. TÍTULO IV
  94. CAPÍTULO I
  95. Artículo 64. Instrumentos de control.
  96. Artículo 65. Instrumentos urbanísticos, licencias y autorizaciones.
  97. Artículo 66. Contratos administrativos.
  98. Artículo 67. Control administrativo posterior.
  99. Artículo 68. Visado de proyectos técnicos.
  100. Artículo 69. Accesibilidad en el transporte y en la comunicación.
  101. Artículo 70. Controles de ejecución.
  102. CAPÍTULO II
  103. Artículo 71. Oficina Riojana de Accesibilidad Universal. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  104. TÍTULO V
  105. Artículo 72. Infracciones. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  106. Artículo 73. Tipificación de las infracciones leves.
  107. Artículo 74. Tipificación de las infracciones graves.
  108. Artículo 75. Tipificación de las infracciones muy graves.
  109. Artículo 76. Sanciones.
  110. Artículo 77. Criterios de graduación de las sanciones.
  111. Artículo 78. Sanciones accesorias.
  112. Artículo 79. Prescripción de las infracciones.
  113. Artículo 80. Prescripción de las sanciones.
  114. Artículo 81. Cumplimiento de las obligaciones en materia de accesibilidad.
  115. Artículo 82. Personas responsables.
  116. Artículo 83. Personas interesadas.
  117. Artículo 84. Procedimiento sancionador.
  118. Artículo 85. Deber de colaboración.
  119. Artículo 86. Garantía de accesibilidad de los procedimientos.
  120. Artículo 87. Publicidad de las resoluciones sancionadoras.
  121. Artículo 88. Órganos competentes.
  122. TÍTULO VI
  123. Artículo 89. Mesa para la Accesibilidad. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  124. Artículo 90. Composición. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  125. Artículo 91. Funciones. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  126. Artículo 92. Desarrollo reglamentario. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  127. Disposición adicional primera. Excepciones.
  128. Disposición adicional segunda. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
  129. Disposición adicional tercera. Perros de asistencia.
  130. Disposición adicional cuarta. Normativa aplicable a la tarjeta de estacionamiento.
  131. Disposición adicional quinta. Viviendas de promoción pública.
  132. Disposición adicional sexta. Planeamiento urbanístico.
  133. Disposición adicional séptima. Definiciones.
  134. Disposición adicional octava. Pérdida de la condición de entidad más representativa del colectivo de personas con discapacidad de CERMI.
  135. Disposición adicional novena. Programa riojano de accesibilidad universal.
  136. Disposición adicional novena [sic].
  137. Disposición adicional décima. Balance general de aplicación de lo contenido en esta ley.
  138. Disposición transitoria primera. Planeamiento urbanístico.
  139. Disposición transitoria segunda. De las cantidades recaudadas en aplicación del régimen sancionador. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
  140. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  141. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario de normas técnicas de accesibilidad.
  142. Disposición final segunda. Plan de Accesibilidad.
  143. Disposición final tercera. Constitución del Consejo de Accesibilidad.
  144. Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  145. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  146. [firma]
  147. ANEXO