Legislación › Ley 1/2023, de 31 de enero, de accesibilidad universal de La Rioja.
Artículo 7. Fondo Riojano de Promoción de la Accesibilidad Universal.
Artículo 7. Fondo Riojano de Promoción de la Accesibilidad Universal.
(Derogado)
Se deroga por el art. 12.1 de la Ley 6/2025, de 21 de julio. BOE-A-2025-16835
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-16835 | Leer | Qué cambió |
| 2 de mayo de 2023 | Texto original | Leer |


