Legislación › Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.
Disposición adicional decimoséptima. Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM).
Disposición adicional decimoséptima. Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM).
El Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM), fundación de la Generalitat, actuará como órgano científico-técnico de consulta y asesoramiento del Consell en materia ambiental y ante los cambios en los fenómenos meteorológicos.
En este marco, el CEAM contribuirá a la identificación de prioridades científicas y áreas emergentes de investigación relacionadas con la preparación y adaptación frente a los impactos climáticos en el ámbito valenciano. Asimismo, participará en el desarrollo de herramientas avanzadas que refuercen la resiliencia del territorio valenciano frente a los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos extremos. Su labor promoverá la coherencia de las decisiones públicas con la mejor evidencia científica disponible, y favoreciendo la cooperación con redes e instituciones especializadas a nivel nacional e internacional.
Se modifica por el art. 116 de la Ley 3/2026, de 29 de junio. BOE-A-2026-15683
Se añade por el art. 98.único del Decreto-ley 14/2025, de 26 de diciembre. DOGV-r-2025-90320
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15683 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2025 | BOE-A-2025-90320 | Leer |
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