Legislación › Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia.
Disposición adicional decimoctava. Plan estratégico universitario en investigación de excelencia.
Disposición adicional decimoctava. Plan estratégico universitario en investigación de excelencia.
El departamento competente en materia de investigación y universidades debe presentar al Gobierno las especificidades en el diseño y la ejecución del Plan estratégico universitario en investigación de excelencia, de acuerdo con las universidades públicas, en el plazo de seis meses a contar de la entrada en vigor de la presente ley, para que el Gobierno las apruebe, si procede.
← Disposición adicional decimoséptima Índice Disposición adicional decimonovena →


