Legislación › Ley Foral 34/2022, de 12 de diciembre, reguladora del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias.
Artículo 25. Código de Buenas Prácticas.
Artículo 25. Código de Buenas Prácticas.
1. Las administraciones publicas promoverán las buenas prácticas como instrumento para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias y de mejora de la regulación de mercado.
2. En la elaboración de estos códigos participaran las organizaciones de personas consumidoras y sectores afectados.
3. La adopción por parte de las personas empresarias de códigos de buenas prácticas tendrá carácter voluntario y será independiente de las actividades de inspección, control y verificación que desarrollen las administraciones públicas competentes.


