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Legislación › Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

Artículo 60. Personas, empresas y demás entidades usuarias de los servicios de empleo.

Artículo 60. Personas, empresas y demás entidades usuarias de los servicios de empleo.

Podrán ser usuarios de los servicios de empleo:

a) Las personas demandantes de servicios de empleo.

b) Las personas, empresas y demás entidades empleadoras, cualquiera que sea su forma jurídica.

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