Legislación › Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Junta Electoral Central, por la que se crea el sello electrónico "La Junta Electoral de Zona".
Artículo 3. Uso.
Artículo 3. Uso.
El «Sello electrónico La Junta Electoral de Zona» se utilizará en la siguiente actividad administrativa automatizada:
– Gestión de excusas de las personas designadas para integrar las Mesas electorales.
– Cualquier otra tramitación que pueda acordar la Junta Electoral Central y que así se haga constar en la sede electrónica de dicha institución.


