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Legislación › Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil.

Artículo 18. Uniforme de gran etiqueta.

Artículo 18. Uniforme de gran etiqueta.

1. Este uniforme se usará en los actos oficiales en los que así se determine y en aquellas ceremonias en las que al personal civil se le exija vestir de máxima etiqueta. Este uniforme tiene su correspondencia con el traje nacional, el frac y el chaqué.

2. Este uniforme sólo será exigible en aquellas unidades, centros y organismos que específicamente se determinen. La falda será de uso opcional para el personal femenino.

3. Los guantes sólo se usarán cuando se utilice la prenda de cabeza.

4. Serán prendas no exigibles, la capa negra y el bolso acharolado negro.

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