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Legislación › Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil.

Disposición adicional tercera. Rango militar de guardia civil de primera.

Disposición adicional tercera. Rango militar de guardia civil de primera.

Quienes, a la entrada en vigor de esta orden, ostenten el rango militar de guardia civil de primera conservarán dicha distinción; consistente su divisa en un galón rojo de 10 milímetros de anchura, con ribetes negros de 1 milímetro de su borde superior, centrado y con el vértice hacia arriba del que sale un galón igual al anterior con forma de ángulo recto.

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