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Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española".
En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 8 de marzo de 2023 · Último cambio el 8 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».
- Disposición adicional primera. Entrada en funcionamiento de la Agencia Espacial Española.
- Disposición adicional segunda. Derechos y obligaciones e inventario.
- Disposición adicional tercera. Supresión de órganos y adaptación de estructuras organizativas.
- Disposición adicional cuarta. Incorporación de personal.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de la Dirección de la Agencia y del órgano suprimido.
- Disposición transitoria segunda. Garantía de continuidad en la ejecución de la política de financiación, evaluación y seguimiento en materia espacial.
- Disposición transitoria tercera. Servicios comunes.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen presupuestario y de rendición de cuentas transitorio.
- Disposición transitoria quinta. Contrato plurianual de gestión.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
- Disposición final tercera. Garantía competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ESTATUTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza, régimen jurídico, adscripción, sede y denominación.
- Artículo 2. Objeto y fines.
- Artículo 3. Potestades administrativas.
- Artículo 4. Cooperación y coordinación administrativa.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Competencias.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Principios básicos de actuación.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 7. Órganos de gobierno.
- Artículo 8. La Presidencia.
- Artículo 9. El Consejo Rector.
- Artículo 10. Funciones del Consejo Rector.
- Artículo 11. La Secretaría del Consejo Rector.
- Sección 2
- Artículo 12. La Comisión de Control.
- Artículo 13. La Comisión Permanente.
- Sección 3
- Artículo 14. La Dirección.
- Sección 4
- Artículo 15. Los comités de apoyo a las direcciones.
- Artículo 16. Funciones de los comités de apoyo.
- Sección 5
- Artículo 17. Estructura básica.
- Artículo 18. La Dirección de Seguridad y Planificación.
- Artículo 19. La Dirección de Programas e Industria.
- Artículo 20. La Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 21. La Dirección de Usuarios, Servicios y Aplicaciones.
- Artículo 22. La Secretaría General.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 23. Objeto, vigencia y aprobación.
- Artículo 24. Contenido del contrato plurianual de gestión.
- Artículo 25. Modificaciones y adaptaciones anuales.
- Sección 2
- Artículo 26. El plan de actuación anual.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 27. Contratos y encomiendas.
- Artículo 28. Régimen patrimonial.
- Artículo 29. Bienes propios y adscritos.
- Artículo 30. Inventario.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 31. Régimen de personal.
- Artículo 32. Ordenación de los puestos de trabajo.
- Artículo 33. Personal directivo de la Agencia.
- Artículo 34. Régimen retributivo.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 35. Financiación.
- Artículo 36. Endeudamiento.
- Artículo 37. Régimen presupuestario.
- Artículo 38. Contabilidad.
- Artículo 39. Cuentas anuales.
- Artículo 40. Control de la gestión económico-financiera.
- Artículo 41. Control de la eficacia y supervisión continua.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 42. Actuación administrativa.
- Artículo 43. Asistencia jurídica, representación y defensa en juicio.


