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Legislación › Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española".

Disposición transitoria quinta. Contrato plurianual de gestión.

Disposición transitoria quinta. Contrato plurianual de gestión.

1. Hasta tanto se apruebe el contrato plurianual de gestión de la Agencia, la actuación de esta se desarrollará conforme a los criterios y directrices establecidos en el Plan Inicial de Actuación, así como a las actuaciones a ejecutar derivadas de la aprobación de los planes de investigación científica, técnica y de innovación según lo establecido por la Ley 14/2011, de 1 de junio, reflejadas en sus correspondientes programas anuales de actuación.

2. El Consejo Rector aprobará la propuesta de contrato plurianual de gestión en un plazo no superior a tres meses desde su entrada en funcionamiento.

3. En tanto no se apruebe el contrato plurianual de gestión, será de aplicación el régimen vigente del Ministerio de Ciencia e Innovación, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, y del Ministerio de Defensa, para la asignación de los importes de productividad del personal, según su procedencia y naturaleza. En todo caso, la percepción de los importes correspondientes deberá ser previamente autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

4. La orden ministerial por la que se apruebe el contrato plurianual de gestión determinará los créditos presupuestarios que financien los recursos personales y materiales que pasen a formar parte de la Agencia.

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