LexTotal

Legislación › Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Artículo 22. Bonificaciones por la contratación indefinida de personas víctimas del terrorismo.

Artículo 22. Bonificaciones por la contratación indefinida de personas víctimas del terrorismo.

La contratación indefinida de personas que tengan acreditada la condición de víctima de terrorismo conforme a la definición contenida en el artículo 6.h), dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 128 euros/mes durante cuatro años.

← Artículo 21 Índice Artículo 23 →