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Legislación › Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.

Artículo 335. Publicidad de las sanciones en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 335. Publicidad de las sanciones en el «Boletín Oficial del Estado».

Las sanciones por infracciones muy graves y graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en la vía administrativa, siendo también aplicable a esta publicación lo dispuesto en el artículo 334.2 y 3.

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