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Legislación › Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios.

Artículo 6. Cooperación administrativa.

Artículo 6. Cooperación administrativa.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las comunidades autónomas cooperarán en el ámbito de sus competencias, en particular en lo referente a los registros, el control del mercado y la vigilancia.

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