Legislación › Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios.
Artículo 6. Cooperación administrativa.
Artículo 6. Cooperación administrativa.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las comunidades autónomas cooperarán en el ámbito de sus competencias, en particular en lo referente a los registros, el control del mercado y la vigilancia.


