LexTotal

Legislación › Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios.

Disposición transitoria quinta. Investigaciones clínicas.

Disposición transitoria quinta. Investigaciones clínicas.

Las investigaciones clínicas que se hubieran iniciado de acuerdo con el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, y con el Real Decreto 1616/2009, de 26 de octubre, se regirán hasta su finalización por aquella normativa, excepto en lo referente a la notificación de acontecimientos adversos graves y de deficiencias de los productos, que se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/745 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017, y en el presente real decreto.

← Disposición transitoria cuarta Índice Disposición transitoria sexta →