Legislación › Ley 2/2023, de 13 de marzo, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal.
Disposición transitoria novena. Inscripción de los santuarios en el registro de núcleos zoológicos de animales de compañía.
Disposición transitoria novena. Inscripción de los santuarios en el registro de núcleos zoológicos de animales de compañía.
Las entidades sin ánimo de lucro que, a la entrada en vigor de la presente ley gestionen centros de acogida y protección de animales originariamente considerados de producción y que han dejado de tener fines productivos, se inscribirán como santuarios en el registro de núcleos zoológicos de animales de compañía, previa declaración responsable.
← Disposición transitoria octava Índice Disposición transitoria décima →


