Legislación › Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Disposición adicional décima. Derechos adquiridos de títulos universitarios de anteriores ordenaciones académicas.
Disposición adicional décima. Derechos adquiridos de títulos universitarios de anteriores ordenaciones académicas.
Los títulos universitarios de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto e Ingeniero mantendrán su plena vigencia académica, administrativa y profesional en los mismos términos en que se establecieron.
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