Legislación › Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Disposición adicional décima cuarta. Plan de incremento del gasto público.
Disposición adicional décima cuarta. Plan de incremento del gasto público.
La comisión que establecerá el plan de incremento de gasto público al que se refiere el artículo 55.2, se creará en el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley orgánica.
← Disposición adicional décima tercera Índice Disposición adicional décima quinta →


