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Legislación › Ley 3/2023, de 7 de marzo, de familias monoparentales en La Rioja.

Artículo 11. Procedimiento para el reconocimiento y renovación del título de familia monoparental.

Artículo 11. Procedimiento para el reconocimiento y renovación del título de familia monoparental.

Corresponderá a la consejería competente en materia de familia el desarrollo reglamentario de los procedimientos de reconocimiento y renovación del título de familia monoparental, así como la determinación de la documentación a aportar por la persona solicitante, el lugar de presentación de solicitudes y la solicitud de duplicado en caso de desaparición o pérdida del título.

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