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Legislación › Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud).

Artículo 35. Medidas relacionadas con el fomento de la confianza digital.

Artículo 35. Medidas relacionadas con el fomento de la confianza digital.

1. Con el fin de fomentar la transparencia y el acceso a los datos, el Gobierno de Aragón dictará las normas, directrices e instrucciones internas que sean necesarias para poner a disposición de la ciudadanía, con medios seguros, el acceso a través de tecnologías cloud a los datos que obren en su poder garantizando su accesibilidad.

2. El Gobierno de Aragón, con el fin de garantizar la seguridad y la soberanía de la ciudadanía sobre la información y los datos críticos de los que el sector público autonómico dispone, elaborará y aprobará un documento en el que se recogerán las medidas que va a llevar a cabo para garantizar la máxima protección de los datos que se alojen en la cloud pública, especialmente de los datos de carácter personal, y los compromisos de protección y tutela que adquiere sobre ellos.

3. Para el fomento de la confianza digital y el cumplimiento de los objetivos recogidos en este artículo, se llevarán a cabo programas de sensibilización, concienciación, asistencia y divulgación que permitan acercar la tecnología en la nube a toda la ciudadanía.

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