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Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud).
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 27 de marzo de 2023 · Último cambio el 13 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Ámbito subjetivo de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 5. La Política cloud del sector público autonómico.
- Artículo 6. Ámbito de aplicación de la Política cloud del sector público autonómico.
- Artículo 7. Principios y objetivos de la Política cloud del sector público autonómico.
- Artículo 8. Contenido de la Política cloud del sector público autonómico.
- Artículo 9. Usos de las tecnologías cloud en el sector público autonómico.
- Artículo 10. Condiciones de uso de las tecnologías cloud.
- Artículo 11. Definición del modelo cloud en el sector público autonómico.
- Artículo 12. Medidas de apoyo al uso de infraestructuras y servicios de las tecnologías cloud.
- Artículo 13. Requisitos de las soluciones cloud.
- Artículo 14. Implantación de estructuras de red fog computing.
- Sección 2
- Artículo 15. Plan de adaptación de las infraestructuras informáticas.
- Artículo 16. Contenido del Plan de adaptación de las infraestructuras informáticas.
- Artículo 17. Directrices técnicas sobre la implantación y desarrollo de las aplicaciones para las tecnologías cloud.
- Sección 3
- Artículo 18. Formalización de las adhesiones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 19. Concepto.
- Artículo 20. Finalidad.
- Artículo 21. Denominación y marca.
- Artículo 22. Requisitos.
- Artículo 23. Procedimiento.
- Artículo 24. Resolución.
- Artículo 25. Validez.
- Artículo 26. Efectos.
- Artículo 27. Obligaciones.
- Artículo 28. Seguimiento y control.
- Artículo 29. Registro electrónico de proveedores de la Solución Cloud Certificada de Aragón.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 30. Finalidad.
- Artículo 31. Compra pública de innovación de tecnologías cloud.
- CAPÍTULO V
- Artículo 32. Medidas de impulso y fomento dirigidas al sector privado.
- Artículo 33. Medidas de impulso relacionadas con la capacitación profesional.
- Artículo 34. Medidas de impulso relacionadas con la formación reglada.
- Artículo 35. Medidas relacionadas con el fomento de la confianza digital.
- Artículo 36. Medidas relacionadas con la transparencia y publicidad.
- Artículo 37. Medidas relacionadas con la participación.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 38. Marco de la gobernanza de las tecnologías cloud.
- Artículo 39. Objetivos de la gobernanza de las tecnologías cloud.
- Artículo 40. Etiquetado.
- Artículo 41. Comisión para las tecnologías cloud.
- Disposición adicional primera. Aprobación de la Política cloud del sector público autonómico.
- Disposición adicional segunda. Aprobación del Plan de adaptación de las infraestructuras informáticas.
- Disposición adicional tercera. Constitución de la Comisión para las tecnologías cloud.
- Disposición adicional cuarta. Aprobación del modelo de adhesión.
- Disposición adicional quinta. Requisitos técnicos mínimos.
- Disposición adicional sexta. Actualización del Observatorio Aragonés de la Sociedad de la Información.
- Disposición adicional séptima. Directriz sobre Política del dato de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Disposición adicional octava. Protección de datos.
- Disposición final primera. Habilitaciones específicas a la persona titular del departamento competente en materia de nuevas tecnologías.
- Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno de Aragón.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


