Legislación › Ley 7/2023, de 10 de marzo, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.
Artículo 94. La situación de conflicto social y la comisión de infracciones penales.
Artículo 94. La situación de conflicto social y la comisión de infracciones penales.
Los menores en situación de conflicto social son aquellos niños, niñas y adolescentes que han cometido infracciones o participado en la comisión de hechos tipificados como delitos y pueden encontrarse en riesgo de causar perjuicio para sí mismos o a otros. La intervención tiene como finalidad prevenir, evaluar, corregir o derivar las situaciones de conflicto social de los menores de 14 años y de los infractores a la ley de entre 14 a 18 años, mediante la educación de la persona menor de edad en valores de convivencia y la introducción de cambios en su entorno familiar y social que posibiliten su desarrollo integral como persona.


