Legislación › Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.
Artículo 9. La Asamblea de Extremadura.
Artículo 9. La Asamblea de Extremadura.
La Asamblea de Extremadura, en el marco de sus competencias, podrá ejecutar acciones de cooperación, así como conocer, analizar, debatir y proponer medidas orientadas a la mejora de la política de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


