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Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 13 de abril de 2023 · Último cambio el 31 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y definición.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Principios y enfoques.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 4. Planificación de la política.
  8. Artículo 5. Los ámbitos estratégicos.
  9. Artículo 6. Sistema de cooperación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  10. Artículo 7. Modalidades e instrumentos de la política de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional.
  11. Artículo 8. Transparencia, rendición de cuentas y evaluación de la política de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional.
  12. CAPÍTULO III
  13. Artículo 9. La Asamblea de Extremadura.
  14. Artículo 10. El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
  15. Artículo 11. La Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
  16. Artículo 12. La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos vinculados o dependientes.
  17. Artículo 13. El Consejo Extremeño de Cooperación.
  18. Artículo 14. El Consejo Superior de Cooperación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  19. Artículo 15. Coherencia de políticas para el desarrollo sostenible.
  20. Artículo 16. Los agentes.
  21. Artículo 17. El Registro de Agentes de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  22. Artículo 18. Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.
  23. Artículo 19. La Universidad de Extremadura.
  24. Artículo 20. Las organizaciones sindicales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la cooperación internacional para el desarrollo.
  25. Artículo 21. Personal cooperante.
  26. Artículo 22. Personal voluntario internacional de cooperación para el desarrollo.
  27. CAPÍTULO IV
  28. Artículo 23. Relación con otras instituciones.
  29. Artículo 24. Colaboración.
  30. CAPÍTULO V
  31. Artículo 25. Medios humanos y materiales.
  32. Artículo 26. Financiación.
  33. Disposición adicional primera. Contratación pública socialmente responsable.
  34. Disposición adicional segunda. Subvenciones y ayudas de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional.
  35. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Consejo Asesor de Cooperación para el Desarrollo.
  36. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  37. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  38. Disposición final primera. Modificación del título V de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura.
  39. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  40. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  41. [firma]