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Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 22 de abril de 2023 · Último cambio el 24 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Finalidad.
- Artículo 3. Principios generales.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Perspectiva de género transversal e interseccional.
- TÍTULO I
- Artículo 6. Derechos de los y las pacientes.
- Artículo 7. Políticas públicas de promoción.
- Artículo 8. Derechos de las familias.
- Artículo 9. Derechos de las personas mayores y de la población infantojuvenil.
- Artículo 10. Derechos de las mujeres.
- Artículo 11. Derechos de las personas en riesgo de exclusión social y personas con discapacidad.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 12. Atención a la salud mental.
- Artículo 13. Garantías de tiempo para la atención a la salud mental.
- Artículo 14. Ratios mínimas de profesionales de la salud mental.
- Artículo 15. Garantías.
- CAPÍTULO II
- Artículo 16. Registro y supervisión.
- Artículo 17. Promoción de ingresos voluntarios.
- CAPÍTULO III
- Artículo 18. Órgano Coordinador de Políticas en Materia de Salud Mental y Adicciones.
- TÍTULO III
- Artículo 19. Modelo de atención de salud mental y adicciones.
- TÍTULO IV
- Artículo 20. Programas de prevención en salud mental y lucha contra el estigma.
- Artículo 21. Programas de prevención del suicidio.
- Artículo 22. Atención a los trastornos relacionados con las adicciones.
- TÍTULO V
- Artículo 23. Formación para los y las profesionales.
- Artículo 24. Ámbito educativo y universitario.
- Artículo 25. Investigación en salud mental.
- Disposición adicional única. Órgano Coordinador de Políticas en Materia de Salud Mental y Adicciones de La Rioja.
- Disposición transitoria única. Aplicación progresiva de la ley.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


