Legislación › Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.
Artículo 16. Registro y supervisión.
Artículo 16. Registro y supervisión.
Se crearán mecanismos de registro y supervisión externa de las contenciones mecánicas, siendo la única indicación de estas la de garantizar la seguridad del o de la paciente cuando el resto de las medidas aplicadas han resultado ineficaces.


