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Legislación › Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.

Artículo 16. Registro y supervisión.

Artículo 16. Registro y supervisión.

Se crearán mecanismos de registro y supervisión externa de las contenciones mecánicas, siendo la única indicación de estas la de garantizar la seguridad del o de la paciente cuando el resto de las medidas aplicadas han resultado ineficaces.

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