Legislación › Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.
Disposición adicional cuarta. Protección del derecho a la imagen personal y confidencial.
Disposición adicional cuarta. Protección del derecho a la imagen personal y confidencial.
Los poderes públicos instarán a los medios de comunicación a aplicar medidas de autorregulación con el fin de proteger la intimidad, la integridad y los datos personales de las víctimas del terrorismo, así como a elaborar protocolos de actuación para garantizar su derecho a la imagen personal y confidencial.
Se modifica por el art. 27.10 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre de 2023. BOE-A-2024-1373
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-1373 | Leer | Qué cambió |
| 15 de abril de 2023 | Texto original | Leer |
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