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Legislación › Ley 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico.

Disposición adicional segunda. Plazo para dictar normas reglamentarias necesarias para el desarrollo de la ley.

Disposición adicional segunda. Plazo para dictar normas reglamentarias necesarias para el desarrollo de la ley.

La Administración del Principado de Asturias, en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, dictará las normas reglamentarias necesarias para su desarrollo.

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