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Legislación › Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales.

Artículo 25. Denominación.

Artículo 25. Denominación.

Los centros privados no podrán utilizar ninguna denominación de las establecidas para los centros públicos o cualquiera otra que, por su significado, pueda inducir a confusión con estos.

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