LexTotal

Legislación › Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales.

Artículo 30. Equipo directivo.

Artículo 30. Equipo directivo.

1. El órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos es el equipo directivo, que estará integrado por las personas titulares de la dirección, y de los restantes cargos que conformen el equipo directivo, conforme a lo que se establezca específicamente para estos centros por las administraciones educativas competentes.

2. El equipo directivo llevará a cabo el desempeño de sus funciones coordinado por la persona titular de la dirección y conforme a las funciones específicas que establezca para cada cargo la normativa vigente.

← Artículo 29 Índice Artículo 31 →