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Legislación › Real Decreto 568/2024, de 18 de junio, por el que se crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública.

Artículo 22. Amenazas que pueden suponer un riesgo para la salud pública y constituir una alerta.

Artículo 22. Amenazas que pueden suponer un riesgo para la salud pública y constituir una alerta.

A efectos de este real decreto, se consideran amenazas que pueden suponer un riesgo para la salud pública y constituir una alerta, independientemente de su mecanismo de transmisión y de si son o no intencionadas, las incluidas en las siguientes categorías:

a) Amenazas de origen biológico, incluyendo enfermedades transmisibles, aspectos relacionados con resistencias antimicrobianas, biotoxinas, alimentos y otros agentes biológicos no relacionados con enfermedades transmisibles.

b) Amenazas de origen químico.

c) Amenazas de origen ambiental, incluyendo aquellas relacionadas con el cambio climático.

d) Amenazas de origen nuclear y radiológico.

e) Amenazas de origen desconocido.

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