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Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.

En vigor Ministerio del Interior · Publicada el 25 de junio de 2024 · Último cambio el 25 de junio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Bases de las convocatorias.
  7. Artículo 4. Inicio de la realización de las pruebas y duración de las fases del proceso selectivo previas a la del curso.
  8. Artículo 5. Tiempo y lugar de realización de las pruebas previas a la fase del curso.
  9. Artículo 6. Llamamiento a las pruebas previas a la fase del curso.
  10. Artículo 7. Exclusión sobrevenida del proceso selectivo por incumplimiento de los requisitos.
  11. Artículo 8. Incumplimiento de las instrucciones impartidas y utilización de medios fraudulentos durante el desarrollo de las pruebas en cualquiera de las fases de los procesos selectivos.
  12. Artículo 9. Número máximo de personas aspirantes que podrán acceder al curso.
  13. Artículo 10. Evaluación de actitudes y valores del alumnado.
  14. Artículo 11. Inasistencias en las fases del curso y del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
  15. Artículo 12. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
  16. Artículo 13. Validez de los cursos o acciones formativas en los supuestos de no consolidación de nombramiento de ingreso o ascenso condicionado.
  17. CAPÍTULO III
  18. Sección 1
  19. Artículo 14. Prueba de aptitud física.
  20. Artículo 15. Prueba de reconocimiento médico.
  21. Artículo 16. Prueba de test psicotécnicos.
  22. Artículo 17. Prueba de entrevista profesional y personal.
  23. Sección 2
  24. Artículo 18. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
  25. Artículo 19. Fases del proceso selectivo.
  26. Artículo 20. Fase de oposición.
  27. Artículo 21. Pruebas de aptitud física, reconocimiento médico, test psicotécnicos y entrevista profesional y personal.
  28. Artículo 22. Prueba de conocimientos.
  29. Artículo 23. Calificación final de la fase de oposición.
  30. Artículo 24. Fase de curso de formación.
  31. Artículo 25. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
  32. Sección 3
  33. Artículo 26. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
  34. Artículo 27. Fases del proceso selectivo.
  35. Artículo 28. Fase de oposición.
  36. Artículo 29. Pruebas de aptitud física, reconocimiento médico, test psicotécnicos y entrevista profesional y personal.
  37. Artículo 30. Prueba de conocimientos.
  38. Artículo 31. Ejercicio de contestación de un cuestionario de preguntas.
  39. Artículo 32. Ejercicio de resolución de uno o varios supuestos prácticos.
  40. Artículo 33. Calificación final de la fase de oposición.
  41. Artículo 34. Fase de curso de formación.
  42. Artículo 35. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
  43. CAPÍTULO IV
  44. Artículo 36. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
  45. Artículo 37. Fases del proceso selectivo.
  46. Artículo 38. Fase de calificación previa.
  47. Artículo 39. Fase de pruebas de aptitud.
  48. Artículo 40. Fase de entrevista.
  49. Artículo 41. Fase de curso de formación profesional específica.
  50. Artículo 42. Fase de módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
  51. CAPÍTULO V
  52. Artículo 43. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
  53. Artículo 44. Fases del proceso selectivo.
  54. Artículo 45. Fase de concurso.
  55. Artículo 46. Fase de oposición.
  56. Artículo 47. Prueba de test psicotécnicos y entrevista profesional y personal.
  57. Artículo 48. Prueba de conocimientos.
  58. Artículo 49. Ejercicio de contestación de un cuestionario de preguntas.
  59. Artículo 50. Ejercicio de resolución de uno o varios supuestos prácticos.
  60. Artículo 51. Calificación final de la fase de oposición.
  61. Artículo 52. Fase de curso de formación profesional específica.
  62. Artículo 53. Fase de módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
  63. CAPÍTULO VI
  64. Artículo 54. Escalafonamiento en los procesos selectivos de ingreso.
  65. Artículo 55. Escalafonamiento en los procesos selectivos de promoción interna.
  66. CAPÍTULO VII
  67. Artículo 56. Definición del proceso selectivo.
  68. Artículo 57. Fase de oposición.
  69. Artículo 58. Fase de concurso.
  70. Artículo 59. Calificación final de las fases de oposición y concurso.
  71. Artículo 60. Fase de curso de especialización.
  72. Artículo 61. Fase de módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
  73. Artículo 62. Escalafonamiento en los procesos selectivos de acceso a las plazas de personal facultativo y técnico.
  74. CAPÍTULO VIII
  75. Artículo 63. Órgano competente para su desarrollo.
  76. Artículo 64. Idiomas extranjeros prioritarios y de interés policial.
  77. Artículo 65. Niveles de competencia lingüística de la División de Formación y Perfeccionamiento.
  78. Artículo 66. Acreditación de nivel de competencia lingüística.
  79. Disposición adicional única. Requisito de estatura mínima para el acceso a las Unidades de Intervención Policial y las Unidades de Prevención y Reacción.
  80. Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procesos selectivos iniciados.
  81. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de la exigencia del conocimiento de un idioma extranjero.
  82. Disposición transitoria tercera. Equivalencia al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) de los niveles de idiomas certificados por la División de Formación y Perfeccionamiento con anterioridad el 1 de enero de 2024.
  83. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  84. Disposición final primera. Modificación de la Orden INT/761/2007, de 20 de marzo, por la que se aprueba el nuevo modelo de carné profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y otros documentos identificativos para determinado personal que presta sus servicios en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
  85. Disposición final segunda. Modificación de la Orden del Ministro de Justicia e Interior, de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
  86. Disposición final tercera. Título competencial.
  87. Disposición final cuarta. Habilitación de desarrollo.
  88. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  89. [firma]