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Legislación › Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España.

Artículo 15. Carácter y composición.

Artículo 15. Carácter y composición.

La Junta General, estatutariamente convocada y constituida, será el órgano supremo de gobierno de la corporación. Estará compuesta por todas las personas colegiadas y presidida por el Decano o Decana, o por el miembro de la Junta Directiva designado por aquel a tal efecto, o por quien, en su defecto, designe la propia Junta General.

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