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Legislación › Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España.

Artículo 17. Convocatorias extraordinarias.

Artículo 17. Convocatorias extraordinarias.

Las convocatorias de las Juntas Generales extraordinarias corresponden a la Junta Directiva, quien las efectuará, con indicación expresa del orden del día de la reunión, por iniciativa propia o cuando lo soliciten, al menos, el diez por ciento de los miembros de número para un objeto determinado.

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