Legislación › Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España.
Artículo 44. Recursos.
Artículo 44. Recursos.
La resolución en la que se acuerde la suspensión provisional en el ejercicio de la profesión o imposición de alguna de las sanciones previstas, pondrá fin a la vía administrativa, y contra esta solo cabrá interponer, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante la propia Junta Directiva en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, lo que deberá notificarse a la persona interesada.
El cómputo de los plazos se iniciará al día siguiente de aquel en que tenga lugar la notificación a la persona interesada de la resolución objeto de recurso.


