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Legislación › Decreto-ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.

Artículo 27. Contratación conjunta de proyecto y obra.

Artículo 27. Contratación conjunta de proyecto y obra.

1. Con el fin de agilizar la construcción de las viviendas protegidas, dada su imperiosa necesidad, la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras se podrá contratar conjuntamente, debiendo elaborar la Administración las bases técnicas a que el proyecto deba ajustarse.

2. A los efectos de la aplicación de este régimen, en lo no previsto será de aplicación lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público.

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