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Legislación › Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid.

Artículo 33. Planificación urbanística municipal.

Artículo 33. Planificación urbanística municipal.

Los instrumentos de planeamiento urbanístico de las entidades locales sometidos al procedimiento de evaluación ambiental estratégica deberán incluir un estudio sobre la generación y la gestión de los residuos domésticos que, en todo caso, deberá ser concordante con los planes europeos, estatales, autonómicos y locales de residuos, en el territorio objeto de planeamiento.

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