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Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 22 de julio de 2024 · Último cambio el 24 de abril de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 4. Principios rectores.
  7. Artículo 5. Objetivos.
  8. TÍTULO I
  9. Artículo 6. Competencias de la Comunidad de Madrid y de las entidades locales.
  10. Artículo 7. Coordinación y garantía de los servicios municipales.
  11. Artículo 8. Estrategia para el Fomento de la Economía Circular en la Comunidad de Madrid.
  12. Artículo 9. Planes locales de Economía Circular.
  13. Artículo 10. Integración de la economía circular en los instrumentos de planificación.
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 11. Fomento de la economía circular en la contratación pública. Ámbito de aplicación.
  17. Artículo 12. Medidas ambientales de las prescripciones técnicas de los contratos.
  18. Artículo 13. Consideraciones para la inclusión de medidas ambientales en las prescripciones técnicas de los contratos.
  19. CAPÍTULO II
  20. Artículo 14. Inversiones empresariales de interés estratégico para la economía circular.
  21. Artículo 15. Simbiosis industrial.
  22. Artículo 16. Colaboración público-privada.
  23. CAPÍTULO III
  24. Artículo 17. Formación y empleo.
  25. Artículo 18. Investigación, desarrollo e innovación.
  26. TÍTULO III
  27. Artículo 19. Implantación de la economía circular en las cadenas de valor prioritarias.
  28. Artículo 20. Cadena de valor forestal, agroalimentaria y restauración.
  29. Artículo 21. Cadena de valor de la construcción y edificación e infraestructuras.
  30. Artículo 22. Cadena de valor del equipamiento eléctrico y electrónico y pilas.
  31. Artículo 23. Cadena de valor del envase y del embalaje.
  32. Artículo 24. Cadena de valor textil.
  33. Artículo 25. Cadena de valor del transporte y la movilidad.
  34. Artículo 26. Cadena de valor del agua.
  35. TÍTULO IV
  36. CAPÍTULO I
  37. Artículo 27. Gestión circular de los residuos.
  38. Artículo 28. Medidas de prevención.
  39. Artículo 29. Informes de los órganos competentes en materia de protección civil y emergencias.
  40. Artículo 30. Garantías financieras de las actividades de gestión de residuos.
  41. Artículo 31. Dotación de puntos limpios y otros puntos de recogida.
  42. Artículo 32. Declaración de interés general.
  43. Artículo 33. Planificación urbanística municipal.
  44. Artículo 34. Responsabilidad en casos de abandonos incontrolados de residuos o basura dispersa.
  45. CAPÍTULO II
  46. Artículo 35. Subproductos.
  47. Artículo 36. Fin de la condición de residuo.
  48. CAPÍTULO III
  49. Artículo 37. Sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  50. Artículo 38. Sistemas voluntarios de responsabilidad ampliada del productor del producto.
  51. CAPÍTULO IV
  52. Artículo 39. Suelos contaminados.
  53. Artículo 40. Recuperación voluntaria de suelos contaminados.
  54. TÍTULO V
  55. Artículo 41. Competencia en inspección y sancionadora.
  56. Artículo 42. Infracciones.
  57. Artículo 43. Sanciones.
  58. Artículo 44. Prescripción de infracciones y sanciones.
  59. Artículo 45. Potestad sancionadora.
  60. Artículo 46. Procedimiento sancionador.
  61. Artículo 47. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria.
  62. Artículo 48. Publicidad.
  63. Disposición adicional primera. Gestión de residuos a través de formas de la administración institucional.
  64. Disposición adicional segunda. Tratamiento de residuos vegetales generados por pequeñas y microexplotaciones agrarias en el entorno agrario o silvícola.
  65. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio relativo a las condiciones ambientales de contratación pública.
  66. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los suelos contaminados.
  67. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  68. Disposición final primera. Modificación de la Ley 6/1994, de 28 de junio, sobre el Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama.
  69. Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo normativo.
  70. Disposición final tercera. Entrada en vigor
  71. Firma
  72. ANEXO I
  73. ANEXO II