Legislación › Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Se autoriza a la Junta de Castilla y León para que, en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la ley, dicte las normas necesarias para la ejecución y desarrollo de la misma.
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