Legislación › Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes.
Disposición final tercera. Habilitación.
Disposición final tercera. Habilitación.
Se habilita al Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para dictar las normas necesarias para la aplicación y el desarrollo de este real decreto.
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