LexTotal

Legislación › Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón.

Artículo 90. Fomento del voluntariado de protección civil.

Artículo 90. Fomento del voluntariado de protección civil.

Corresponde a los sectores públicos la promoción del voluntariado de protección civil en los términos previstos en esta ley, en la Ley 6/2018, de 28 de junio, del Voluntariado de Aragón, y demás normativa vigente.

← Artículo 89 Índice Artículo 91 →